CALENDARIOS CONTABLES
Cuentas anuales
  Formulación de las cuentas anuales:
Las cuentas anuales y el informe de gestión deberán ser formuladas por los administradores dentro de los 3 meses siguientes al cierre del ejercicio contable.
Aprobación de las cuentas anuales:
las cuentas anuales deben ser aprobadas por la junta general convocada por los administradores, dentro de los 6 meses siguientes al cierre del ejercicio contable.
Presentación en el registro:
Las cuentas anuales deben ser presentadas en el registro mercantil dentro del mes siguiente a la fecha de aprobación de las cuentas.
Libros oficiales
  Legalización de libros:
El libro diario y el libro de inventarios y cuentas anuales deben llevarse a legalizar dentro de los 4 meses siguientes al cierre del ejercicio contable.
El resto de libros se legalizan en blanco, por lo que no hay plazos, ya que su cumplimentación es posterior a la legalización.
CALENDARIO FISCAL
  El calendario fiscal vigente en Navarra, para todos los impuestos y en todos los meses, lo pueden encontrar en la siguiente dirección de la página web del Gobierno de Navarra: www.navarra.es (guía del contribuyente)