| CALENDARIOS CONTABLES | |
| Cuentas anuales | |
| Formulación de las cuentas
anuales: Las cuentas anuales y el informe de gestión deberán ser formuladas por los administradores dentro de los 3 meses siguientes al cierre del ejercicio contable. Aprobación de las cuentas anuales: las cuentas anuales deben ser aprobadas por la junta general convocada por los administradores, dentro de los 6 meses siguientes al cierre del ejercicio contable. Presentación en el registro: Las cuentas anuales deben ser presentadas en el registro mercantil dentro del mes siguiente a la fecha de aprobación de las cuentas. |
|
| Libros oficiales | |
| Legalización de libros: El libro diario y el libro de inventarios y cuentas anuales deben llevarse a legalizar dentro de los 4 meses siguientes al cierre del ejercicio contable. El resto de libros se legalizan en blanco, por lo que no hay plazos, ya que su cumplimentación es posterior a la legalización. |
|
| CALENDARIO FISCAL | |
| El calendario fiscal vigente en Navarra, para todos los impuestos y en todos los meses, lo pueden encontrar en la siguiente dirección de la página web del Gobierno de Navarra: www.navarra.es (guía del contribuyente) | |